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LIBERTAD DE CIRCULACION

  • Foto del escritor: Ventana Campesina
    Ventana Campesina
  • 21 jul 2022
  • 1 Min. de lectura
"Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica".

"La Libertad de Circulación", es el Séptimo derecho promovido por la declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales, plantea los siguientes aspectos:


Los Estados adoptarán medidas apropiadas para facilitar la libertad de circulación de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales.
Los Estados adoptarán, cuando sea necesario, medidas apropiadas para cooperar con miras a solucionar los problemas de tenencia transfronterizos que afecten a campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales que crucen fronteras internacionales, de conformidad con el artículo 28 de la presente Declaración.

Fueron diversas organizaciones campesinas, entre ellos Vía Campesina, quienes trabajaron decididamente por los Derechos del campesinado, hasta que finalmente en el año 2018, la Asamblea General de la ONU, en la sesión No.73, aprobó formalmente "La Declaración sobre los Derechos de los campesinos y Otras personas que trabajan en las Zonas Rurales."



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